Artículo 119.- La Comisión de Gobernación tendrá las siguientes atribuciones:
I. Dictaminar respecto de los asuntos relativos a los proyectos de reglamentos, iniciativas de leyes y decretos y disposiciones normativas de observancia general, en conjunto con la comisión o las comisiones especializadas en la materia de que e trate;
II. Proponer al Cabildo los mecanismos e instrumentos necesarios para promover la actualización constitucional, legal, política y socioeconómica de los reglamentos municipales;
III. Dictaminar respecto de los asuntos relativos a los acuerdos económicos referentes a la posición política del Ayuntamiento respecto de asuntos de interés público;
IV. Dictaminar respecto de los asuntos relativos a los acuerdos económicos referentes a la interpretación del presente Reglamento y al funcionamiento interior del Cabildo;
V. Dictaminar respecto de los asuntos que tengan que ver con la aplicación observancia de la Ley que Regula el Funcionamiento de Establecimientos en los que se Expenden, Distribuyen o Ingieren Bebidas Alcohólicas del Estado de Chihuahua;
VI. Integrarse a la comisión especial y transitoria para la elaboración de las convocatorias y desarrollo del proceso para la elección de las autoridades municipales auxiliares de este Municipio que son, la Junta Municipal del Seccional de Samalayuca, las Comisarías de Policía de El Vergel, Ojo de la Casa y Villa Luz, y las Comisarías de Policía de los poblados ubicados en la zona conocida como Valle de Juárez denominados, El Sauzal en el Ejido Zaragoza, Loma Blanca y San Isidro en el Ejido San Isidro Río Grande, San Agustín en el Ejido San Agustín, Jesús Carranza (La Colorada) en el Ejido Jesús Carranza, Tres Jacales y El Millón en el Ejido San Francisco Tres Jacales, y
VII. En general, aquellas que el Cabildo le encomiende.